- Acerca de nosotros
- Funciones
- Libro de reclamaciones
- Implementación del modelo de integridad
Acerca de nosotros
La Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General del CDC es la encargada de brindar asesoramiento en asuntos de carácter jurídico y absolver consultas de carácter legal según los requerimientos de la Dirección General y las formuladas por las diferentes direcciones del CDC.
Funciones
Entre sus funciones se encuentran brindar asesoramiento jurídico a la Dirección General y a las direcciones del CDC, emitir opinión legal sobre la interpretación de proyectos de documentos normativos y asuntos jurídicos cuya competencia es del CDC; asimismo, formular actos resolutivos que expida Dirección General, analizar la legislación vigente y coordinar las acciones legales en las cuales el CDC es parte o tenga legítimo interés, brindar apoyo en la elaboración y propuesta de normas, coordinar lo relacionado a asuntos de cooperación internacional y convenios, coordinar con los órganos pertinentes y demás funciones que le correspondan.
De igual manera, la Oficina de Asesoría Legal del CDC se encarga de gestionar diversos procesos, entre ellos, la implementación del Sistema de Control Interno, Modelo de Integridad Pública, Atención del Libro de Reclamaciones físico y virtual, respuesta y monitoreo de los procedimientos que tiene el CDC con la Contraloría General de la República, gestión y atención a las solicitudes de acceso a la información pública, aunado a elaboración de los descargos y seguimiento ante el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública de los recursos de apelación presentados por los ciudadanos, seguimiento a los procesos judiciales donde es parte el CDC y brindar respuesta a los requerimientos de información por parte del MINSA y otros sectores.
Libro de reclamaciones
Si un ciudadano se encuentra insatisfecho o disconforme con la atención brindada en el CDC, puede presentar su reclamo en el Libro de Reclamaciones Virtual (clic aquí) o en su defecto en el Libro de Reclamaciones Físico (el cual se encuentra en las instalaciones del CDC de lunes a viernes de 08:30 a.m. a 04:30 p.m).
Pasos para presentar tu reclamo en el libro de reclamaciones
Requisitos:
- DNI, Certificado de extranjería, pasaporte o RUC.
- Correo electrónico.
- Número celular.
- Describir el detalle del reclamo.
Puedes revisar también:
- Decreto Supremo N° 101-2022-PCM, que modifica el Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-PCM: https://spij.minjus.gob.pe/spij-ext-web/#/detallenorma/H1322485
- Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2021-PCM-SGP, que aprueba la Norma Técnica N° 001-2021-PCM-SGP, Norma Técnica para la Gestión de Reclamos en las entidades y empresas de la Administración Pública: https://spij.minjus.gob.pe/spij-ext-web/#/detallenorma/H1274841
Implementación del modelo de integridad
Denunciar un presunto acto de corrupción
Si necesitas denunciar un posible acto de corrupción o falta de ética cometida por personal de del CDC, puedes presentar tu denuncia a través de la Plataforma de Denuncias Ciudadanas en línea (https://denuncias.servicios.gob.pe/), habilitada por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), o, en las instalaciones del CDC.
Este servicio te permite evidenciar situaciones que vayan en contra de la ética y de la ley, como:
- Apropiación o uso indebido de recursos o bienes del Estado: cuando personal de la entidad se adueña o usa, para su beneficio o el de otras personas, dinero o bienes que le confiaron por su cargo.
- Favorecimiento o ventajas indebidas: cuando personal de la entidad usa su cargo para favorecer irregularmente a alguien, u obtener beneficio propio o de otras personas (incluye soborno).
- Invocación de influencias en el Estado: cuando personal de la entidad menciona o finge tener influencias en el sector público a cambio de donativos, promesas, ventajas u otros beneficios.
- Contratación pública irregular: cuando personal de la entidad viola alguna norma de contratación de bienes, servicios u obras con el Estado, a cambio de un beneficio económico, no económico o ventaja.
- Irregularidades en el proceso de vacunación contra la COVID-19: cuando personal de la entidad perjudica el proceso de vacunación, busca su beneficio o el de otras personas, o usa vacunas contra la COVID-19 indebidamente.
Asimismo, podrá ser denunciado cualquier acto contrario a la Ley del Código de Ética de la Función Pública o a lo tipificado en el Capítulo II del Título XVIII del Código Penal.
La denuncia es anónima y el tiempo de respuesta de respuesta varía según el nivel de complejidad.
Pasos para presentar tu denuncia por presuntos actos de corrupción
Requisitos:
- Documento de identidad.
- Correo electrónico y número telefónico.
- En caso de presentar la denuncia como persona jurídica, número de RUC.
- Documentación original o copia simple que sustente tu denuncia. Puedes precisar la unidad o dependencia donde se efectuó el hecho.
- Firma o huella digital (en caso de no poder firmar o estar impedido de hacerlo).
Puedes revisar también:
- Integridad Pública: Guía de conceptos y aplicaciones: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2040498/Integridad%20p%C3%BAblica_gu%C3%ADa%20de%20conceptos%20y%20aplicaciones.pdf.pdf?v=1627344023
- Resolución Ministerial N° 650-2022-MINSA, Reglamento Interno de los Servidores Civiles de la Administración Central del Ministerio de Salud: https://www.gob.pe/institucion/minsa/normas-legales/3395368-650-2022-minsa
- Ley N° 27815, Ley del Código de Ética: https://spij.minjus.gob.pe/spij-ext-web/#/detallenorma/H830514
Solicitudes de acceso a la información pública (SAIP):
La Oficina de Asesoría Legal se encarga de realizar la gestión para que las solicitudes de acceso a la información pública sigan el proceso y lineamientos requeridos por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública a fin de que se brinde una adecuada atención.
Se puede requerir información de este Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC), en el marco de lo señalado en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Las entidades públicas cuentan con diez (10) días hábiles para contestar dichos requerimientos. Sin embargo, en caso de que no puedan atenderlos en dicho plazo, la entidad tiene hasta dos (02) días hábiles contados a partir del día siguiente de presentada la solicitud para comunicar la prórroga excepcional.
Para formular una solicitud, se debe tener en cuenta lo siguiente:
- Se puede requerir información que el CDC haya creado u obtenido, o se encuentre en su posesión o bajo su control. Teniendo en cuenta ello, se denegará la solicitud que implique crear o producir información con la que no se cuenta o no tenga obligación de contar al momento de efectuarse el pedido.
- Se brindará información que no esté clasificada como secreta, reservada o confidencial, de acuerdo con los artículos 15°, 16° y 17° de la Ley N° 27806.
Puedes revisar también:
- Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública: https://spij.minjus.gob.pe/spij-ext-web/#/detallenorma/H829967
- Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública: https://spij.minjus.gob.pe/spij-ext-web/#/detallenorma/H1250134