A través de la Resolución Ministerial N° 817-2022, publicada en el diario oficial El Peruano, el Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la Directiva Sanitaria N°145: “Directiva Sanitaria para la recepción excepcional de naves en tráfico internacional, en el contexto de la pandemia por COVID-19”.
Lima, 13 de octubre del 2022
La norma establece los procedimientos sanitarios para la recepción de naves en tráfico internacional a los puertos oficiales del Perú ante la Organización Mundial de la Salud (OMS), permitiendo prevenir enfermedades, proteger la vida y la salud pública. Se incluye procesos diferenciados para recibir naves de pasajeros (cruceros) y de carga.Esta Directiva concuerda con la Ley General de Salud, que dispone que la autoridad de salud es responsable de la vigilancia y control sanitario de las fronteras y todos los puertos marítimos, aéreos, fluviales, lacustres o terrestres en el territorio nacional.
El Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC) tiene la función de elaborar e implementar, en lo que corresponda, lineamientos, normas, proyectos y estrategias de sanidad internacional, en el marco del Reglamento Sanitario Internacional (RSI-2005) y otros acuerdos de salud, en coordinación intersectorial e intergubernamental.
Esta directiva es resultado de una serie de reuniones y coordinaciones multisectoriales entre el Ministerio de Salud (incluida la Dirección Regional de Salud del Callao), el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Ministerio de Economía y Finanzas y la Autoridad Portuaria Nacional.
Para mayor información, visite el documento completo en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/minsa/normas-legales/3591821-817-2022-minsa